Improcedente declaró el Tribunal Constitucional el hábeas corpus presentado por José Enrique Crousillat, para restituir la validez del indulto humanitario que le otorgó el gobierno de Alan García y que se le revocó por su aparente buena salud.
La medida obedeció a que, en función al Código Procesal Constitucional, no se puede cuestionar una resolución firme recaída en otro proceso constitucional.